TRABAJO DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO I
LUZ ANYELA SERNA PEREZ
JUAN CARLOS CIFUENTES
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
FUNDACIÓN TECNOLÓGICA ANTONIO DE AREVALO
( TECNAR )
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
SALUD OCUPACIONAL
III SEMESTRE
9/FEBRERO/2013
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
- INCENTIVO
El incentivo puede tratarse de la estimulación que se le otorga a un sujeto por su buen funcionamiento en cualquier ámbito (laboral, afectivo, etc.) con la intención de que se siga esforzando por mantenerlo. Se trata, por lo tanto, de una recompensa o un premio.
- COMPENSACIÓN
Es la cantidad adicional al sueldo presupuestario y al sobresueldo que la Federación otorga discrecionalmente en cuanto a su monto y duración a un trabajador en atención a las responsabilidades o trabajos extraordinarios relacionados con su cargo o por servicios especiales que desempeñe.
- SUELDO
El concepto de sueldo se refiere a la remuneración regular asignada por el desempeño de un cargo o servicio profesional.
Puede decirse que el empleado recibe un sueldo a cambio de poner su fuerza laboral a disposición del empleador, en el marco de una serie de obligaciones compartidas que rigen su relación contractual.
- SALARIO
Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. El salario se fija contractualmente y se establece por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra forma convenida El salario se integra con los pagos hechos en efectivo, por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie, y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
- PRESTACIONES SOCIALES
Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.
- PARAFISCALES
Los parafiscales son los aportes que por ley deben realizar mensualmente los empleadores. Estos recursos, que en su totalidad representan el 9% sobre el valor completo de la nómina que pagan mensualmente los empresarios, se discriminan en 3% con destino al ICBF, 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y 4% para las Cajas de Compensación Familiar.
- REMUNERACION
Se entiende por remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo.
- NOMINA
Una nómina es un recibo individual de salarios, referido a meses naturales. La preparación de cheques o de la transferencia bancaria de nómina constituye una función generalmente separada del mantenimiento de los registros que muestran el salario, cargo, tiempo de trabajo, deducciones y devengados, adiciones de nómina y demás datos relacionados con el personal, que deberán conservarse con el comprobante del abono y los boletines de cotización a la Seguridad Social.
- ADMINISTRACION POR COMPETENCIA
La administración por competencias se basa en la motivación humana. y en el impulsar estos conceptos, para describe que la acción económica y empresarial de las personas está ligada a las motivaciones humanas, identificando tres sistemas importantes de motivación:
1. Los logros
2. El poder
3. La pertenencia
Administración por Competencias es una forma de dirigir esfuerzos que permite:
* Alinear constantemente al personal con la visión y estrategia de la organización.
* Asegurar que sus empleados tengan los conocimientos, habilidades y motivaciones requeridas para desempeñar su puesto.
* Responsabilizar a su personal de su propio desempeño, progreso y desarrollo.
* Adaptarse en forma ágil y oportuna todos los cambios que la organización y él enfrenten
* Modelo de Competencias, basado en un Liderazgo de Recursos Humanos.
- CESANTIAS
Las cesantías son una prestación social que todo empleador debe reconocer a sus trabajadores con el fin de que éstos puedan atender sus necesidades primarias en caso de quedar cesante.
- IMPUESTO A LA EQUIDAD
Una carga es excesiva o un beneficio exagerado cuando no consulta la capacidad económica de los sujetos pasivos en razón a la naturaleza y fines del impuesto en cuestión.
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